Arbitraje
Procedimiento de naturaleza contractual mediante el cual un patrono o una unión someten ante un árbitro una o varias controversias.
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DTRH Estructura
Reúne las unidades del DTRH dedicadas a la protección laboral, asesoría legal y resolución de conflictos obrero-patronales — al servicio de trabajadores, patronos y uniones obreras de Puerto Rico.

La Secretaría Auxiliar de Asuntos Legales y Normas agrupa las unidades del DTRH dedicadas a proteger los derechos laborales, combatir el discrimen en el empleo, mediar y arbitrar conflictos obrero-patronales, y atender las apelaciones de seguro por desempleo.
Sus unidades sirven a una fuerza trabajadora de aproximadamente un millón de obreros y cuarenta y cinco mil patronos, tanto sindicalizados como no unionados, asegurando el acceso a la justicia laboral en Puerto Rico.
Misión
Garantizar el acceso a la justicia laboral a través de la mediación, el arbitraje, la representación legal y la aplicación de las normas del trabajo — de forma gratuita y accesible para todos los trabajadores y patronos de Puerto Rico.
Mediación e investigación de querellas de discrimen en el empleo.
Arbitraje, mediación y conciliación obrero-patronal desde 1951.
Apelaciones contra determinaciones del seguro por desempleo.
Representación legal gratuita ante tribunales y foros administrativos.
Inspecciones, reclamaciones y normas para empleados no unionados.
Contabilidad, educación obrera y coordinación con sindicatos.
La Unidad Antidiscrimen (UAD) se dedica a ofrecer servicios a la comunidad puertorriqueña para el reconocimiento y respeto de los derechos civiles en el empleo. Las nuevas leyes protectoras han sentado las bases para un creciente número de reclamaciones laborales y solicitudes de asesoría.
El gran número de reclamaciones es síntoma de que subsiste el discrimen en el empleo. Como miembros de una sociedad diversa, repercute en los mejores intereses colectivos cultivar el aprecio por las diferencias y propiciar el respeto por la dignidad y los derechos civiles.
Causales prohibidas por las leyes que administramos
Servicios de la UAD
La UAD interviene y media entre las partes en conflicto, investiga y emite determinaciones en querellas de discrimen en el empleo. El proceso administrativo se inicia mediante la radicación de una querella, por carta o personalmente. Refiere al Negociado de Asuntos Legales los casos de discrimen ilegal para litigio.
La UAD ofrece talleres, conferencias, foros y seminarios para educar, concienciar y sensibilizar, dirigidos a prevenir y combatir la discriminación ilegal en los centros de trabajo.
Mediación y litigación libres de costoDocumentos descargables
Ley 3 — Protección Madres Obreras
PDFLey ADA — Acomodo Razonable
PDFLey 17 — Hostigamiento Sexual en el Trabajo
PDFLey ADEA — Age Discrimination in Employment Act
PDFLey 44 — Discrimen contra Impedidos
PDFEqual Pay Act
PDFLey 69 — Discrimen por Razón de Sexo
PDFCivil Rights Act
PDFLey 80 — Indemnización por Despido Sin Justa Causa
PDFReglamento de la Unidad Antidiscrimen
ReglamentoLey 100 — Discrimen en el Empleo
PDFLa primera referencia en nuestros estatutos a organismos para la ventilación y arreglo de disputas obrero-patronales es la Ley Núm. 84 del 14 de marzo de 1912, mediante la cual se originó un Negociado del Trabajo. De esta forma surgió, para el año 1951, el Negociado de Conciliación y Arbitraje (NCA).
El NCA tiene como fin primordial dar cumplimiento a la política pública de propiciar y mantener la paz laboral, lo que redunda en la producción ininterrumpida de bienes y servicios y del libre fluir del comercio. Tanto patronos como organizaciones sindicales solicitan sus servicios para resolver de forma práctica y democrática sus disputas.
Servicios del NCA
Procedimiento de naturaleza contractual mediante el cual un patrono o una unión someten ante un árbitro una o varias controversias.
Proceso de negociación directa en el cual un interventor neutral presta asistencia a las partes para llegar a una solución mutuamente satisfactoria.
Las partes obtienen una evaluación objetiva y razonada, no vinculante, del conflicto. Sirve para limar asperezas en las relaciones obrero-patronales.
Cursos, charlas, adiestramientos y seminarios; facilidades físicas para reuniones y vistas de arbitraje privado.
Reglamento para el Orden Interino de los Servicios del NCA
Reglamento Código de Ética para Árbitros
Aprobado el 14 de junio de 2016
Código de Ética para Árbitras del NCA
Aprobado el 14 de junio de 2016
Solicitud para Designación o Selección de Árbitro
Solicitud de Uso de Salas
Cómo solicitar los servicios
Radicar la Solicitud para Designación o Selección de Árbitros en armonía con las disposiciones del convenio colectivo. Servicio libre de costo.
Comunicarse con el Director del Negociado por teléfono o carta. No hay formulario; se asigna un mediador inmediatamente.
Solicitar por teléfono o comunicación escrita. Las salas se separan sujeto a disponibilidad.
La División de Apelaciones del DTRH atiende las apelaciones de los trabajadores y patronos que no están de acuerdo con una determinación del Seguro por Desempleo. Funciona como un foro independiente donde una persona apelante puede presentar su caso ante un oficial examinador que evaluará los méritos de la controversia.
El proceso de apelación es gratuito y accesible. Tanto trabajadores como patronos tienen derecho a apelar cualquier determinación del Programa de Seguro por Desempleo dentro de los términos establecidos en el Reglamento Núm. 9056 y la Ley Núm. 74 de 1956.
Cómo presentar su apelación
Enviar la apelación y documentos de apoyo a la dirección de correo electrónico de la División.
Radicar por correo regular o mensajero a la dirección de la oficina principal en Hato Rey.
Radicar en persona en cualquiera de las oficinas locales del Departamento del Trabajo.
Nota importante
Las apelaciones deben radicarse dentro del término establecido en la notificación de determinación del Seguro por Desempleo. Apelaciones tardías pueden ser desestimadas. Si necesita orientación sobre su caso, comuníquese con la División antes de radicar.
NAL · Negociado de Asuntos Legales
El Negociado de Asuntos Legales provee representación legal gratuita a trabajadores de bajos ingresos que no pueden costear un abogado privado. Litiga ante el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y foros administrativos en casos de naturaleza laboral.
Su mandato principal es garantizar que la condición económica del trabajador no sea un impedimento para acceder a la justicia laboral en Puerto Rico.
NNT · Negociado de Normas del Trabajo
Creado mediante el Plan de Reorganización Núm. 2 de 1952, el Negociado de Normas del Trabajo vela por el cumplimiento de las leyes laborales que protegen a los trabajadores no unionados de Puerto Rico.
Sirve a una fuerza trabajadora de aproximadamente un millón de obreros y cuarenta y cinco mil patronos, inspeccionando establecimientos y tramitando reclamaciones de salario de forma administrativa.
Actividades principales
NSUO · Negociado de Servicios a Uniones Obreras
Creado por la Ley Núm. 155 de 1974, el Negociado de Servicios a Uniones Obreras brinda asistencia técnica, educativa y administrativa a las organizaciones sindicales de Puerto Rico para fortalecer el movimiento obrero.
Auditoría y revisión de libros de contabilidad de uniones obreras.
Programas educativos y talleres para líderes sindicales y trabajadores.
Facilitación de relaciones entre uniones obreras y el Departamento.
Asistencia en la celebración de elecciones internas de uniones.