01 · Incapacidad
Pago por pérdida de salarios
Para trabajadores asegurados con enfermedad o lesión no relacionada con el empleo ni con accidente de automóvil.
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DTRH Estructura
Administra los tres programas que protegen económicamente a la fuerza trabajadora puertorriqueña: Seguro por Desempleo, Seguro Social para Choferes y SINOT.

La Secretaría Auxiliar de Beneficios al Trabajador responde al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos. Administra los programas que protegen económicamente a la fuerza trabajadora puertorriqueña cuando se interrumpe su ingreso: desempleo, conducción de vehículos como parte del empleo, e incapacidades temporales no relacionadas con el trabajo.
Función principal
Garantizar que los trabajadores y sus familias cuenten con una red de protección económica ante situaciones de desempleo, incapacidad temporal o accidentes relacionados con la conducción en el desempeño del empleo, administrando los tres programas de seguridad social del Departamento.
La División de Seguro por Desempleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos creó un Sistema Automatizado de Voz para brindar mejor servicio a los reclamantes.
Adicionalmente, ofrece la opción de depositar los beneficios directamente en la cuenta personal de cheques o ahorros del beneficiario.
Servicios disponibles por el sistema automatizado
01
Establecer reclamación
02
Reabrir reclamación
03
Reclamar semanas
04
Consultar último cheque
Depósito directo
Puede solicitar que el pago de sus beneficios se deposite directamente en su cuenta personal de cheques o ahorros.
Horario · Establecer o reabrir reclamación
Lunes a viernes. Fuera de este horario el sistema sigue disponible para consultas, reclamación de semanas y otras gestiones.
Apelaciones
Si desea apelar una determinación del Negociado de Seguro por Desempleo, puede dirigirse a la Oficina de Apelaciones ante el Secretario o la División de Apelaciones de la Secretaría Auxiliar de Asuntos Legales y Normas.
Plan de seguridad social establecido por la Ley 428 aprobada el 15 de mayo de 1950, con el propósito de proteger a los chóferes y otros empleados a quienes sus patronos les requieren o permiten conducir un vehículo de motor en el desempeño de su empleo, y a todos aquellos chóferes que trabajan por su propia cuenta en el servicio de transporte público autorizado.
Chóferes y otros empleados a quienes sus patronos requieren o permiten conducir un vehículo de motor en el desempeño de su empleo.
Chóferes que trabajan por su propia cuenta en el servicio de transporte público autorizado.
Teléfono · Programa Choferil
(787) 754-5284El SINOT es un programa que paga beneficios a los trabajadores asegurados que han perdido sus salarios como consecuencia de una incapacidad ocasionada por una enfermedad o lesión que no está relacionada con el empleo ni con un accidente de automóvil.
Además, provee beneficios por desmembramiento y por muerte de un trabajador asegurado a sus dependientes, e incluye disposiciones asociadas a la reserva y garantías de empleo para los trabajadores incapacitados.
Beneficios que ofrece el SINOT
01 · Incapacidad
Para trabajadores asegurados con enfermedad o lesión no relacionada con el empleo ni con accidente de automóvil.
02 · Desmembramiento
Compensación al trabajador asegurado en casos de pérdida de extremidades u órganos cubiertos por el programa.
03 · Muerte
Beneficios a los dependientes de un trabajador asegurado fallecido bajo las disposiciones del programa.
Reserva y garantías de empleo
El SINOT incluye disposiciones para la reserva y garantías de empleo del trabajador durante el período de incapacidad, protegiendo su posición laboral hasta su recuperación.
Teléfono · SINOT
(787) 754-5850Seguro Social para Choferes y Otros Empleados
Ley 428 · 1950
Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal
SINOT
Seguro por Desempleo · Call Center
Negociado de Seguridad de Empleo
Sistema Automatizado de Voz · Lun – Vie · 7:30 AM – 4:00 PM
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