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Inspecciones
Visitas de los Investigadores de Normas de Trabajo a lugares de empleo para orientar a patronos y trabajadores, velar por el cumplimiento, prevenir infracciones y corregir violaciones.
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Legislación protectora del trabajo
Garantiza a los empleados no unionados de la empresa privada el pleno disfrute de los derechos establecidos en la legislación protectora del trabajo vigente en Puerto Rico.
Datos del Negociado
El Negociado de Normas de Trabajo fue creado mediante el Plan de Reorganización Núm. 2 de 1952. Este plan consolidó en un solo Negociado las responsabilidades y funciones que ejecutaban en forma individual o independiente el Negociado de la Mujer y el Niño y el Servicio de Supervisión Industrial.
En la actualidad sirve a una fuerza trabajadora de alrededor de un millón de obreros y cuarenta y cinco mil patronos. Para brindar este servicio administra 35 leyes y 91 decretos mandatarios, velando por su cumplimiento mediante inspecciones, reclamaciones, consultas, quejas, conferencias y permisos.
Actividades estratégicas
01
Inspecciones
02
Reclamaciones
03
Consultas
04
Quejas
05
Conferencias
06
Permisos
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Visitas de los Investigadores de Normas de Trabajo a lugares de empleo para orientar a patronos y trabajadores, velar por el cumplimiento, prevenir infracciones y corregir violaciones.
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Surgen de inspecciones o quejas directas. Cubren:
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A través de las Oficinas de Área y la Oficina Central se atienden consultas por teléfono y mediante visitas a las oficinas.
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Los trabajadores acuden al Negociado para exponer problemas que les afectan en sus empleos, ya sea mediante querellas directas o quejas confidenciales.
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Se ofrecen conferencias y seminarios para promover la estabilidad y armonía en las relaciones obrero-patronales y educar sobre derechos y deberes de la legislación laboral.
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La concesión de 5 tipos de permisos: trabajo a menores, período de tomar alimentos, trabajo industrial a domicilio, extensión de período probatorio y descuentos por nómina.
Otorgados al amparo de la Ley Núm. 230 de 12 de mayo de 1942, según enmendada, y la Ley 112 de 13 de julio de 1985 (Ley de Menores Artistas). Todo menor que desee trabajar requiere un permiso otorgado por oficial autorizado por el Secretario del Trabajo.
El Artículo 15 de la Ley Núm. 379 de 15 de mayo de 1948, según enmendada, autoriza al Secretario del Trabajo a expedir permisos para disfrutar el período de tomar alimentos entre la segunda y la tercera hora de la jornada diaria.
La Ley Núm. 163 de 15 de mayo de 1939, según enmendada, regula el trabajo industrial realizado en el domicilio del trabajador.
Se concede al amparo del Artículo 8 de la Ley Núm. 80 de 30 de mayo de 1976, según enmendada, y el Reglamento de Contrato Probatorio de Trabajo.
Autorización establecida en la Ley Núm. 17 de 17 de abril de 1931, según enmendada, mejor conocida como la Ley que Regula el Contrato de Trabajo.
Documentos relacionados
Auditoría
La División de Bono de Navidad investiga y audita estados financieros sometidos por patronos para la exención del Bono de Navidad bajo la Ley 148 de 30 de junio de 1969.
Supervisión
Coordinadores de Operaciones de Campo y Administradores de Área velan que se cumpla con el Plan de Trabajo y los procedimientos establecidos.
Atención
Se brindan servicios a personas en búsqueda de información sobre otros Programas, Oficinas o Agencias Gubernamentales.
Descargas relacionadas
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