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Trabajo y Recursos Humanos
DEPARTAMENTO DEL TRABAJO
Y RECURSOS HUMANOS
DTRH
GOBIERNO DE PUERTO RICO
Escudo del Gobierno de Puerto Rico

Negociado de Beneficios al Trabajador

Seguro por Incapacidad No Ocupacional TemporalSINOT

Paga beneficios a los trabajadores asegurados que han perdido sus salarios como consecuencia de una incapacidad ocasionada por una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo, ni con un accidente de automóvil.

Datos del Programa

Formulario
SI-1 · Solicitud de Beneficios por Incapacidad
Beneficio
$12 – $113 semanales
Duración
Hasta 26 semanas
Oficinas
5 oficinas de área
Vigente · 2026DTRH-SINOT-01

Protección de ingresos ante una incapacidad temporal.

El Seguro por Incapacidad No Ocupacional Temporal (SINOT) es un programa que paga beneficios a los trabajadores asegurados que han perdido sus salarios como consecuencia de una incapacidad ocasionada por una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo, ni con un accidente de automóvil.

Además, provee beneficios por desmembramiento y por muerte de un trabajador asegurado, a sus dependientes. Incluye disposiciones asociadas a la reserva y garantías de empleo para los trabajadores incapacitados.

Requisitos de elegibilidad

01 / 03

Incapacidad no relacionada al empleo

Estar incapacitado para trabajar como consecuencia de una enfermedad o lesión que no esté relacionada con el empleo, ni con un accidente de automóvil.

02 / 03

Tratamiento médico activo

Estar en tratamiento con un médico o quiropráctico debidamente autorizado.

03 / 03

Salarios en empleo asegurado

Haber recibido salarios de por lo menos $150.00 en un empleo asegurado durante su año básico.

Radica tu solicitud de beneficios.

Se utiliza el formulario SI-1, "Solicitud de Beneficios por Incapacidad". Debe completarse en todos los encasillados, especialmente aquellos relativos a pagos que efectúe el patrono al trabajador por vacaciones, enfermedad, días feriados, maternidad y otros. El formulario se obtiene con el patrono, en las Oficinas Locales del DTRH, en la Oficina Central o descargándolo desde esta página. Toda solicitud puede entregarse personalmente o enviarse por correo a cualquiera de las siguientes direcciones.

Dirección Física / Postal 1

Departamento del Trabajo y Recursos HumanosNegociado de Beneficios al TrabajadorIncapacidad No Ocupacional · Programa SINOTEdif. Prudencio Rivera Martínez, Piso 10505 Ave. Muñoz RiveraSan Juan, PR 00918-3514

Dirección Postal 2

Programa del Seguro por IncapacidadNo Ocupacional Temporal (SINOT)PO Box 195540San Juan, PR 00919-5540

Documentos para la solicitud

Descarga los formularios

2 documentos

Cantidad de beneficios elegibles.

La cantidad dependerá de los salarios asegurados en el año básico de la reclamación. El beneficio se pagará mientras dure la incapacidad o hasta un máximo de 26 semanas, en cualquier periodo de 52 semanas naturales consecutivas.

$12

semanales

Beneficio mínimo

$55

semanales

Beneficio máximo · fase agrícola

$113

semanales

Beneficio máximo · fase industrial

26

semanas

Duración máxima (en 52 semanas)

Beneficios por desmembramiento

Pagaderos a los trabajadores asegurados cuya lesión o enfermedad compensable por esta Ley ocasione:

Pérdida total y permanente de la vista por ambos ojos

$4,000.00

Pérdida de ambos pies desde o sobre el tobillo

$4,000.00

Pérdida de ambos brazos desde o sobre la muñeca

$4,000.00

Pérdida de un brazo o una pierna

$4,000.00

Pérdida de un brazo desde o sobre la muñeca

$3,000.00

Pérdida de una pierna desde o sobre el tobillo

$3,000.00

Pérdida de una mano o pie

$2,500.00

Pérdida total y permanente de la vista por un ojo

$2,500.00

Pérdida de por lo menos tres dedos de la mano o pie

$2,000.00

Beneficios por muerte

$4,000.00

prorrateado entre los dependientes directos

Se reclama mediante el formulario SI-63, "Solicitud de Beneficios por Muerte", durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de la muerte del trabajador asegurado. No se pagarán beneficios por reclamaciones radicadas después de un (1) año de la muerte, excepto en casos de dependientes menores de edad o incapacitados. El beneficio incluye, además, cualquier beneficio que se le adeudase al trabajador fallecido.

Otros casos en los que se puede reclamar.

01 · Embarazo

Complicaciones del embarazo

Una trabajadora en estado de embarazo, si sufre complicaciones certificadas por el médico antes y después del embarazo, puede recibir beneficios si cumple con las demás disposiciones de la Ley.

02 · Desempleo

Incapacidad durante el Seguro por Desempleo

Un trabajador que se incapacite mientras recibe Seguro por Desempleo puede solicitar SINOT, pero no por el mismo periodo reclamado. Al recuperarse, podrá renovar la reclamación del Seguro por Desempleo.

03 · CFSE

Reclamación ante el Fondo del Seguro del Estado

Quien tenga una reclamación en la CFSE puede reclamar en el SINOT mientras se evalúa si está o no relacionada con el trabajo, siempre que no esté recibiendo beneficios de Fondo de Anticipo de esa corporación.

04 · Pensionados

Trabajadores pensionados o retirados

Quien reciba pensión o retiro (público o privado) o pensión del Seguro Social Federal y se incapacite puede ser elegible, siempre que haya trabajado al menos 15 semanas después de comenzar a recibir su pensión.

Contribución al Fondo de Incapacidad.

Debe pagar contribuciones todo patrono, incluso las corporaciones públicas. Tanto el patrono como el trabajador, o solamente el patrono, aportan al Fondo de Incapacidad.

0.60%

Aportación total sobre el salario

Hasta un máximo de $9,000 por año natural

0.30%

Aportación máxima del trabajador

El resto lo aporta el patrono

Exentos del pago de contribuciones

  • Instituciones sin fines de lucro
  • Patronos domésticos privados
  • Gobierno municipal, estatal y federal
  • Choferes
  • Empleados de la fase agrícola

Los patronos exentos pueden asegurar a sus empleados mediante la aplicación voluntaria al seguro por incapacidad. El Seguro Voluntario no sustituye el seguro de choferes, por lo que el patrono deberá continuar pagando dicho seguro, en adición al del SINOT.

Determinación patronal · SD-1

Se determina quién es patrono mediante el formulario SD-1, "Solicitud de Número Patronal de Desempleo o Incapacidad", que debe completar toda persona u organización que emplee en Puerto Rico. Se solicita en la Oficina de Contribuciones del DTRH.

Dirección para contribuciones

Pago mediante cheque o giro postal a nombre del Secretario de Hacienda:Departamento del Trabajo y Recursos HumanosSección de ContribucionesEdif. Prudencio Rivera Martínez, Piso 12505 Ave. Muñoz RiveraSan Juan, PR 00918-3514

Encuentra tu oficina de área.

02

Caguas

Centro

Contacto

Alba I. Morales Rivera

almorales@trabajo.pr.gov

Dirección

Centro Gubernamental, Piso 1, Oficina 106
Calle Acosta, Esq. Goyco
PO Box 5727
Caguas, PR 00726-5727